Concluye un camino comenzado hace 2 años, en el que nuestros clientes se vieron afectados por una expropiación forzosa en sus propiedades, en virtud de la cual se acordó un justiprecio que, no obstante, la Administración no abonó con los intereses legales correspondientes. Los afectados se vieron privados de sus propiedades mucho antes de que el expediente de expropiación tuviera entrada en el Jurado de Expropiación.

Este despacho ha defendido (en contra de la postura de la Abogacía del Estado) que el cálculo de los intereses de demora por la Administración era contrario a Derecho, y procedía por tanto haber computado los intereses desde el día siguiente a la ocupación de las fincas, tal como la propia Audiencia Nacional ha sentenciado, en sentido favorable a nuestras pretensiones.

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