A pesar del cambio de criterio del Tribunal Supremo, que deja fuera la posibilidad de que los clientes que pagaron el impuesto de Actos Jurídicos Documentados al formalizar su hipoteca, debe tenerse en cuenta que el resto de gastos y comisiones abusivas, son plenamente reclamables, y así lo viene confirmando la sentencia que adjuntamos mediante extractos, donde el Letrado que ha llevado el asunto, Jesús Bernadic, defendió la nulidad del resto de partidas indebidamente abonadas por los clientes, de manera que éstos, han conseguido que se condene al banco a la devolución de 1.136,06€ más el interés legal del dinero, y además con condena en costas a la entidad bancaria.
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